ORDENA JUEZ DE AMPARO AL PRESIDENTE DEJAR DE HABLAR DE XÓCHITL GÁLVEZ.

 

 

Ciudad de México, a 7 de agosto de 2023.

 


ORDENA JUEZ DE AMPARO AL PRESIDENTE DEJAR DE HABLAR DE XÓCHITL GÁLVEZ.

 

 

 

 

  • Debe abstenerse de expresiones sobre sus actividades empresariales.

 

 

 

 


Un juez de amparo ordenó al Presidente, Andrés Manuel López Obrador, abstenerse de realizar cualquier manifestación, declaración, comunicado o publicación contra Xóchitl Gálvez Ruiz, aspirante a responsable de la construcción del Frente Amplio por México, quien en reiteradas ocasiones ha sido mencionada en las conferencias matutinas.

 

La autoridad federal demandó a López Obrador deje de exhibir la situación financiara, fiscal, empresarial, bancaria o cualquier tipo de aspiración política o personal que pudiera tener la senadora.

 

El juez también exigió eliminar las declaraciones, contenidos y comunicaciones audiovisuales de las conferencias “mañaneras” de los días tres, cuatro, cinco, siete y 14 de julio de 2023.

 

 

De igual forma, ordenó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Servicio de Administración Tributaria, a la Unidad de Inteligencia Financiera y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores abstenerse de proporcionar información sobre la situación financiera, fiscal, empresarial y bancaria de Gálvez Ruiz, si no se solicita de acuerdo con la legislación aplicable.

 

Es importante recordar que el pasado 14 de julio en su cuenta de Twitter, el Presidente de la República publicó un PDF con información fiscal de los clientes de las dos empresas con las que se relaciona a Gálvez Ruiz.

 

En el mensaje fueron difundidos los domicilios fiscales, su actividad económica, los nombres de las personas físicas que los representan, una relación de sus ingresos comerciales, sus depósitos en efectivo, sus gastos comerciales, su nómina pagada y su declaración de ingresos.

 

La legisladora ha denunciado que, con la publicación, el Presidente violó el secreto fiscal y sus conductas pueden ser constitutivas de uno o más delitos contemplados en el Código Penal Federal, el Código Fiscal de la Federación y la Ley de Instituciones de Crédito.

 

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