PRESENTAN INICIATIVA AL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA SALVAGUARDAR LA DIVISIÓN DE PODERES.
Ciudad de México, a 11 de mayo de 2023.
PRESENTAN INICIATIVA AL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA SALVAGUARDAR LA DIVISIÓN DE PODERES.
- El presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Nazario Norberto, destacó que evitará que criterios ilegales prevalezcan en las decisiones SCJN.
- El Grupo Parlamentario de Morena se suscribió a la propuesta.
Con el fin de terminar los criterios técnicos, formalistas y hechos en lo oscurito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso de la Ciudad de México, Nazario Norberto Sánchez, presentó una iniciativa de reformas al Congreso de la Unión, que busca además se evite que se viole la división de poderes.
Se trata de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para Regular la Substanciación de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad de manera colegiada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Dicha reforma integral se propone para 25 artículos de esa legislación federal, en los siguientes aspectos:
• Desde el artículo 9 bis, se agrega la obligación de que los acuerdos de admisión y/o resoluciones de trámite deberán ser bajo una jurisdicción colegiada, es decir, se terminan las decisiones arbitrarias, técnicas y oscuras de los ministros instructores, para ser transparentes, colegiadas y democráticas;
- En los artículos 12 y 13, se reemplazan las funciones del ministro Instructor con jurisdicción unitaria y se sustituye por la Sala instructora quien emitirá las resoluciones de manera colegiada;
- Por lo que hace a los artículos 14 y 17, se determina que la función instructora de la Sala se realizará por conducto de su presidente y se somete su criterio a una decisión colegiada determinada por unanimidad o mayoría de votos;
- Asimismo, se homologan estos criterios en los artículos 24, 25, 26, 28, 29, 31, 32, 33, 35, 36, 51, 56, 57, 58, 64, 65, 66, 67, 68 y 70.
En la tribuna del Congreso de la CDMX dijo que se justifica porque la ley reglamentaria al artículo 105 Constitucional regula el trámite de las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales. Dentro de este andamiaje jurídico, el artículo 14 señala que la suspensión en controversias no podrá otorgarse respecto a normas generales, por otro lado, el artículo 64 prevé que la suspensión está prohibida en acciones de inconstitucionalidad.
El diputado del Grupo Parlamentario de Morena, lamentó que estos preceptos se vinieron aplicando normalmente por la Corte desde 1995 hasta 2016, cuando un ministro emitió un criterio de salvedad que lo único que hace es otorgar unilateralmente la suspensión como más les conviene, actuando injustamente.
Es decir “pasan por todo un Poder Público como lo es el Poder Legislativo quien es el encargado de legislar, para hacer sus criterios de interpretación ilegales, por ejemplo, suspender ahora acciones de inconstitucionalidad que por ley están prohibidas, como lo fue con el primer paquete de reformas político-electorales y que el pasado 8 de mayo lamentablemente declararon su invalidez”.
Nazario Norberto mencionó que la Suprema Corte, de “quien hasta antes creíamos que era un Poder Público ético, hoy le rinde pleitesía a los que traicionan y abandonan la democracia, pues la Corte ha actuado deliberada y parcialmente en estos temas de trascendencia”.
Para dictaminar la propuesta, a la que se suscribió todo el Grupo Parlamentario de Morena, la mesa directiva turnó la iniciativa a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y la de Administración y Procuración de Justicia.
Añadir comentario
Comentarios